El Renting: un alquiler especial
Es una opción muy corriente a la hora de disponer de determinados bienes, como por ejemplo, que vehículos, equipos informáticos y equipamiento de oficinas, y supone una serie de ventajas tanto fiscales como de organización y gestión contable para la empresa.
Normalmente existe una compañía encargada de comprar el bien solicitado por el cliente, y que lo pone a su disposición. De este modo, el arrendatario, es decir la empresa que decide alquilar el bien en modo de renting, ve simplificados enormemente los trámites para disponer de un bien determinado.
Se diferencia del leasing principalmente en que en el renting no existe la opción de compra, salvo que se pacte. Además en este caso pueden pactarse servicios complementarios de mantenimiento o seguro, por ejemplo.
¿Cuáles son las ventajas?
- En primer lugar que la empresa puede disponer de un bien de última tecnología sin realizar un desembolso importante que pueda afectar a su liquidez: mediante el pago de una cuota mensual puede utilizarlo y disponer de él.
- Existe la posibilidad de combinar en este alquiler determinados servicios, como un seguro del bien, pactar el mantenimiento y recambio de piezas, etc. Con la ventaja de que estos gastos se añaden a la misma cuota mensual que se paga en concepto de alquiler del bien. Esto supone una disponibilidad absoluta del bien y de los servicios a él asociados teniendo como contraprestación el pago de una cuota única.
- Además la cuota de alquiler es un gasto fiscalmente deducible, lo que resulta una de las ventajas económicas de este contrato.
- Con un inversión inicial mínima una empresa puede disponer siempre de la última tecnología y aplicarla en su labor diaria. Además el riesgo de obsolescencia del bien es soportado por la empresa de renting, no por su usuario.
- Los bienes en renting no entran a formar parte del inmovilizado de la empresa, ni se reflejan en el balance como tales.